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"La desamortización de Mendizábal en la provincia de Zaragoza (1836-1851)".  P. Marteles, 1990. (pmlemr@gmail.com)

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8.5.- INVENTARIOS DE BIENES: IMPORTANCIA Y DIFICULTAD DE REALIZACIÓN

La labor de recoger la información y confeccionar los Inventarios de los bienes, rentas y enseres de la Iglesia, fue una tarea compleja, que exigió considerable atención y un esfuerzo complementario a las oficinas provinciales de Hacienda. En primer lugar tuvieron que hacerse cargo de los monasterios y conventos, y después, a partir de 1841, tendrían que hacerlo de los bienes del clero secular.

La lentitud e imperfecciones que pueden detectarse en la elaboración de los inventarios, puede ser interpretado malévolamente a partir de un conocimiento superficial de las dificultados que entrañaba la tarea encomendada. No se trataba simplemente de registrar las fincas que cada institución poseyera para que después pasaran los peritos a medirlas y tasarlas para su venta previa solicitud e informe de la Comisión agricultora, sino que suponía hacerse cargo, hasta en su más más ínfimo detalle, de la administración y contabilidad que hasta entonces habían llevado los antiguos propietarios sobre sus posesiones y rentas, con la obligación añadida, además, de tener que comprobar los títulos de origen para cada una de ellas.

El aspecto más arduo de la tarea encomendada a las oficinas de hacienda lo constituyó sin duda la elaboración del inventario de censos dado su gran número y la dificultad que entrañaba el averiguar, a través de escrituras antiquísimas (no siempre en buen estado ni del todo completas), todos los extremos que la normativa exigía. Solamente del monasterio de Veruela, por ejemplo, hubo que inventariar 715 censos y he aquí el detalle de lo que había que expresar para cada uno de ellos: [8]

- Si es perpetuo o redimible

- Personas o corporaciones que pagan 

- Fincas sobre los que gravitan 

- Localización 

- Capital (en metálico y/o en especie) 

- Rédito anual 

- Época del pago (=vencimiento) 

- Fecha de la escritura de imposición (puede ser de varios siglos atrás) 

- Pueblo y escribano ante quien se otorgó 

- Clasificarlo como cobrable, dudoso (a pesar de existencia de escrituras) o incobrable

De todos esos censos, hasta que no fueran redimidos o luídos, las oficinas tenían que hacerse cargo de exigir el pago anual correspondiente. Eso por lo que respecta a los censos a favor, pero también los había en contra de los conventos y la administración tenía que responder de ellos.

Debido a que la Guerra de la Independencia había sido particularmente devastadora en la provincia de Zaragoza muchos conventos tenían contraídas deudas con particulares, para reparación de sus edificios u otros menesteres, adoptando la forma de censales o de préstamos con cargo a futuras rentas de los bienes conventuales.

Otro aspecto a tener en cuenta eran las relativamente abundantes cargas que pesaban sobre determinadas fincas y cuyo origen podía ser muy diverso (préstamos, cesiones, donaciones, etc). Con respecto a los treudos la preocupación habría de ser menor porque en el Inventario provincial de todos los conventos de ambos sexos tan solo se citan cuatro casos de rentas de ese tipo.

En el capítulo de bienes inmuebles, y muy en particular de los rústicos, las oficinas tuvieron que hacerse cargo directamente de su administración, y para ello, las averiguaciones exigían establecer no sólo el nombre del arrendatario sino el pliego de condiciones específicas bajo el que se había llevado a cabo y el estado actual de su cobro.

Durante estos años el Estado se convirtió en el mayor propietario y más importante arrendador de todo el país. Para ello reglamentó, en 17-6-37, la Instrucción "que deberá observarse para ejecutar los arriendos de las fincas, rentas y derechos procedentes de Monasterios y Conventos... y de los correspondientes a secuestros". La Instrucción, que consta de 30 artículos, no dejaba lugar a dudas con respecto a los más mínimos detalles que debían tenerse en cuenta, obligando con ello a las oficinas a seguir un procedimiento que exigía un considerable esfuerzo y dedicación sus empleados.

Revisando la correspondencia de esos años con la superioridad se constata la presión constante de la administración central para que la labor de inventariar se finalice lo antes posible. A los funcionarios se les pide una y otra vez que demuestren su patriotismo dedicándose a la tarea sin ahorrar esfuerzos y "sin levantar mano", que es la expresión habitual tanto en los que recriminan como en los que tratan de justificarse por no haber podido terminarla.

La dificultad de llevar a cabo los inventarios debió actuar como un factor dosificador del ritmo de puesta en venta de las fincas. Y al actuar como tal, es muy probable que la lentitud de las oficinas en resolver todos los aspectos anejos a esta labor actuara como un factor corrector de la posible catástrofe económica que habría supuesto sacar todas las tierras a subasta de inmediato.

Para obtener una perspectiva global sobre la tarea de inventariar, nada mejor que reproducir el oficio que la Dirección General de Rentas remitió al Intendente de Zaragoza el 17-9-41 y que éste, cuatro días después, traslada a los señores Contador y Comisionado provincial "para su inteligencia y cumplimiento en la parte que les toca":

"Más de cuatro años llevan transcurridos desde que la Dirección ...circuló sus primeras disposiciones sobre remisión de inventarios de registros de los bienes, acciones y derechos incorporados a los Arbitrios destinados a la Amortización de la deuda pública por la supresión de las Comunidades religiosas; pero ni el transcurso de tanto tiempo, ni las repetidas amonestaciones y comminaciones hechas a las oficinas de esa Provincia han vastado para un servicio tan importante como urgente, mereciéndose la predilección que era de esperar.

Algunas provincias se prestaron tan solícitamente, que con fundamento hicieron concebir la esperanza de que llenarían su deber con exactitud y presteza; otras no se mostraron tan celosas, y con excusas más o menos razonables, desde el principio procedieron con apatía y descuido, muchas atribuyendo defectos al método de incautación de los bienes y Arbitrios, y consiguiente falta de noticias en que fundar un trabajo tan exacto cual se les exigía, hasta llegaron a protestar la imposibilidad de realizarlos; pero la Dirección infatigable en suministrar todos los medios de remover los inconvenientes alegados, consiguió al fin hacerse entender y regularizando este servicio en todas partes llegó hasta lisongearse de poder satisfacer al Gobierno en menos tiempo que el que había calculado necesario para una obra que desde luego reconoció sumamente vasta y de difícil egecución; mas pronto y bien a su pesar vino la experiencia a convencerla de su demasiada credulidad.

Con todo y a pesar de que su deber era ya el de proponer al Gobierno medidas ejemplares contra aquellos empleados más desviados del cumplimiento de sus obligaciones, quiso todavía ser contemplativa, y ha dejado pasar algunos meses sin repetir sus escitaciones, confiando al celo de los Gefes la ejecución de los anteriores mandatos, pero también esta consideración ha sido desatendida; y en estos momentos en que decretada la ocupación de los bienes del Clero, van a pesar sobre las oficinas del ramo nuevas y muy pesadas tareas, los registros concernientes a los Monasterios y Conventos suprimidos están muy lejos de hallarse concluidos ni perfectos en la parte egecutada.

En semejante coyuntura y apurados ya por la Dirección todos los términos hábiles de contemplación, ha determinado dirijirse a V.S.a fin de que llamando a su presencia a los Gefes del ramo les haga entender que cualesquiera que sea la nueva planta que se de a la administración e intervención de los Arbitrios de Amortización, no sólo deben continuar formando y remitiendo con puntualidad las noticias que les están pedidas y se les pidan respecto de comunidades religiosas, sino que de no hacerlo de hoy en adelante con más exactitud (de lo que debe V.S. cuidar escrupulosamente) la Dirección acordará la suspensión de un mes de sueldo y honorarios por cada falta, al Contador y Comisionado sin perjuicio de reclamar del Gobierno las demás providencias que estime convenientes para hacer respetar sus órdenes, y que sus subalternos correspondan mejor a la confianza que merecieron al recibir sus nombramientos".

En el origen de estas amenazas de privar de sueldo y honorarios se halla una circular de la Dirección de Rentas de 18-8-40. Como es lógico, el gobierno habría querido contar con los Inventarios de los bienes desde un principio. En otro capítulo hemos reseñado ya las amargas reflexiones de Mendizábal a fines de 1836 y las críticas de Florez Estrada de meses antes, ante la ausencia de una evaluación seria de la cantidad de bienes que iban a ser o habían sido objeto de apropiación por parte del Estado.

Sin embargo, la voluntad del gobierno a este respecto no dejó de ser un deseo general hasta que en 18-8-40 remitió la circular mencionada. Según ella...

"Deseando la Dirección regularizar los pedidos que hayan de hacerse a las provincias para llevar a cabo el registro general de bienes, acciones, derechos y regalías de que por todos títulos gozaban las comunidades de ambos sexos, y las cargas, obligaciones y servidumbres a que estaban tenidas ha acordado se sirva V.S. mandar redactar un Catálogo de todos los conceptos porque en esa provincia percibían y pagaban rentas las mencionadas Comunidades ya fuese en metálico ya en frutos y efectos, guardando el orden que a continuación se indica, bien entendido que esta noticia ha de obrar en la Dirección para el día 15 de septiembre próximo infaliblemente"

Y en nota aparte expresaba los diversos conceptos:

-Rentas que percibían: por arriendos de fincas rústicas y urbanas, por réditos de censos, por pensiones de foros, por tributos con hipoteca, por ídem sin ella.

-Rentas que pagaban: por réditos de censos, por derechos dominicales, por cargas piadosas, por cargas de beneficencia.

Estos conceptos, arreglados a las peculiaridades de la situación y oficinas de Zaragoza se organizaron allí bajo los epígrafes siguientes:

A)- Rentas que percibían:

- Frailes: arriendo de fincas rústicas y urbanas, réditos de censos, réditos de treudos perpetuos, arrendamientos perpetuos, réditos de imposiciones en consolidación, derechos dominicales, diezmos, imposiciones sobre la Renta del Tabaco, ochenos, cuartos y regalías.

- Monjas: ídem, excepto los tres últimos

B)- Rentas que pagaban:

- Frailes: réditos de censos, réditos de treudos perpetuos, cargas piadosas, cargas de beneficencia, contribuciones, subsidio eclesiástico y alfardas o derechos de aguas.

- Monjas: por los mismos items más el de violarios.

A pesar de lo serias que habían sido en 17-9-41 las advertencias de sanciones a las oficinas de Zaragoza, su efecto puede apreciarse en un oficio de fecha 22-10-41 en que la Dirección General expresa que al remitir el anterior...

"estaba bien distante de esperar que sus preceptos fueran desatendidos hasta el extremo de dejar de acusar su recibo... Resuelta está por lo tanto no sólo a que se lleve a efecto la suspensión anunciada, sino a poner en conocimiento tamaña indiferencia; pero antes de egecutarlo quiere dar a V.S.y a esas oficinas una prueva más de su consideración y templanza, advirtiéndoles que si en el término preciso de ocho días después de recivida esta comunicación no comienza a obtener el fruto de esta nueva y última amonestación recurrirá a quel extremo por mas sensible que le sea".

Al recibir esta última comunicación, el Intendente, Pascual de Unceta, la pasa el 25-10-41 al Contador y Comisionado y les previene de su "puntual cumplimiento en el concepto de que resuelta esta Intendencia a hacer cumplir las órdenes en exoneración de la responsabilidad que trate de imponérsela, no omitan medio al logro de aquel fin esperando la eviten el disgusto de tener que dar parte a la Dirección del causante del retraso de este servicio" [9]

Al día siguiente, en un borrador de carta, aparece la contestación de las oficinas que han visto "con el mayor sentimiento" la conminación anterior y tras justificarse detallando una vez más la dificultad y laboriosidad que supone la tarea, le comunican que se hallan en circunstancias de poder mandar los censos, que por fin han terminado el registro definitivo después de tener presente y dar cumplida respuesta a los "pliegos de reparos puestos por la Dirección general a las hojas del registro de censos".

Al poco llegaría desde la Administración General de Bienes Nacionales la confirmación de su terminación, pues ésta...

"se complace mucho en que esas oficinas, como muestra del celo que de que V.S. alegara están animadas esas oficinas, hayan terminado el registro de Censos de las comunidades de ambos sexos, y confía también en que continuando sus buenas disposiciones, no sólo verificarán con prontitud la copia en limpio del mencionado registro conforme a la pauta e instrucciones convenientes que se circularon oportunamente, sino que con igual asiduidad y esmero trabajarán en redactar las demás noticias que están pedidas y se pidan hasta completar la estadística de toda la riqueza de aquel origen"

A lo largo de los años siguientes seguirían llegando solicitudes de aclaración a este inventario de censos y otras muchas peticiones conducentes a la realización de resúmenes, sobre todo, a partir de la creación de la Dirección del Registro general de Fincas, Censos y demás Bienes de Ambos Cleros que entendería en asuntos estadísticos.

No podemos extendernos más en el análisis de este cometido de las oficinas de hacienda . Nos limitaremos pues a recordar que esta era una tarea complementaria añadida al normal desenvolvimiento de las oficinas provinciales de Amortización, que tenían la obligación de enviar mensualmente un arqueo y estado completo de todo su movimiento económico por la doble partida de acreedores y deudores por todos los conceptos. [10]

En nuestro trabajo no hemos manejado los inventarios de los bienes del Clero. No los hallamos en el antiguo archivo de Hacienda de Zaragoza e ignoramos si quizá se pueden encontrar en alguno de los Archivos Centrales. A parte de los libros de Registro de Ventas y de Cuentas Corrientes hemos manejado otros documentos con relaciones generales de bienes pero, lamentablemente, cubren aspectos muy parciales. Por ejemplo, las relaciones de los efectos de los conventos de la capital, un listado de censos luidos en 1844, una relación de treudos perpetuos a su favor, un libro inventario de censos devueltos al clero de la provincia en 1851 (sólo Diócesis de Zaragoza), etc..

En el archivo diocesano de Zaragoza existen muchas relaciones de censos y bienes de la diócesis (que abarcaba muchos pueblos de Teruel), sobre todo en relación con la posible excepción de la propuesta de permuta a tenor de los acuerdos derivados del Concordato, y que tampoco hemos utilizado.

Con respecto al Archivo Histórico Nacional nos hemos limitado a extraer los números totales de las relaciones de bienes devueltos al clero en 1851 en la provincia de Zaragoza, es decir, ampliado a todas las Diócesis que tenían bienes en ella y por todos los conceptos. [11]

*** notas

8.- AHPZ, SH, caja 756

9.- AHPZ, SH, .......

10.- En el AHPZ, SH, caja 1046 se guardan series completas (no hemos controlado si falta algun mes) de esos estadillos.

11.- AHN, SH, legajo 4305

 

 

 

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Última actualización:
18/08/07